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¿Qué licencias te hacen falta para la reforma de tu casa?

Para la reforma menores de una vivienda en Sevilla, hace falta presentar una Declaración Responsable, mas presupuesto de la reforma y justificante de haber pagado las tasas. Una vez presentado esto ya se podría empezar con la reforma.



Relación de actuaciones, proporcionado por la web de Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla


FACHADAS Y MEDIANERAS:

  • Picado, enfoscado y pintura;

  • Sustitución/reparación de zócalos y aplacados  existentes en planta baja;

  • Sustitución puntual de piezas de aplacado existente en edificios en altura;

  • Reparación de los revestimientos de cornisa, frentes de forjados, molduras y otros elementos.

  • CUBIERTAS:

  • Reparación/reposición de solerías de azotea, impermeabilización;

  • Reparación/sustitución puntual de placas de cubrición y de tejas en cubiertas inclinadas, sin afectar al elemento portante.

INTERIOR:

  • Sustitución/colocación de revestimientos interiores: solerías, enlucidos, enfoscados, aplacados, alicatados, pintura; Reparación/sustitución de falsos techos sin reducir la altura libre existente;

  • Trasdosados de espesor inferior a 5 cm.;

  • Sustitución/reparación de tabaquería interior sin alterar la distribución; colocación/sustitución de carpinterías interiores, incluso cambiando la dimensión del hueco de paso.

CARPINTERIA EXTERIOR Y CERRAJERIA:

  • Sustitución de carpinterías sin alterar las dimensiones de huecos;

  • Colocación/sustitución de elementos de cerrajería. (No se incluye el cierre  de terrazas y balcones, ni la colocación/sustitución de barandillas o pretiles.)

INSTALACIONES:

  • Electricidad, fontanería, telecomunicaciones, aparatos sanitarios: conservación/sustitución y pequeñas ampliaciones de instalaciones existentes, que no requieran proyecto ni memoria técnica según normativa sectorial.

  • Gas, contra incendios: conservación/mantenimiento y reparaciones de instalaciones existentes, que no requieran proyecto ni memoria técnica según normativa sectorial.

  • Agua caliente sanitaria: Instalación de calentadores acumuladores, instantáneos y termos eléctricos, con potencia térmica nominal inferior a 70 KW.

  • Saneamiento: Conservación/mantenimiento y sustitución de arquetas y conductos, sin variar el trazado ni la profundidad de la instalación existente.

  • Energía solar y fotovoltaica: Reparación/sustitución de elementos de una instalación ya existente, que no requieran proyecto ni memoria técnica según normativa sectorial.

  • Climatización: Nueva instalación  de equipos con potencia térmica nominal de frío/calor inferior a 5 kw.(4.300 frig/h) sin afectar a la fachada exterior;

  • Reparación/sustitución parcial de elementos de una instalación ya existente, sin aumentar la potencia ni modificar la ubicación de las rejillas de salida exterior.

  • Instalación de punto de recarga de vehículos de potencia inferior a 50 KW en instalaciones interiores, e inferior a 10 KW en instalaciones exteriores. 

OTRAS ACTUACIONES:

  • Realización  ensayos no destructivos en edificios existentes, para el conocimiento del comportamiento estructural de la edificación tendente a su rehabilitación 

  • Limpieza/desbroce  de solares que no implique movimientos de tierras ni altere la rasante del terreno.

  • Vallado provisional de solares mediante postes y malla metálica.

  • Obras de jardinería, revestimientos, pavimentación, aceras  en los espacios libres de parcelas privadas, incluida la sustitución/reparación de instalaciones 

  • Reparaciones de cerramientos existentes de parcelas, sin modificación de sus dimensiones, diseño ni posición

  • Obras de conservación y mantenimiento de piscinas y pista deportivas existentes.

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